Nos encontramos a las puertas de la celebración del evento más importante sobre esta materia en España: el VIII Congreso Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (CONEIA 2015), que tendrá lugar del 11 al 13 de marzo próximos, un encuentro en el que los bancos de conservación ocupan uno de los ejes temáticos sobre los que se articulará el programa.
En
estas páginas hemos hablado mucho sobre
bancos de conservación, sobre las oportunidades que esta herramienta ofrece
para el desarrollo rural, sobre el incremento de valor que genera en los
territorios donde se implanta gracias a las acciones de mejora ambiental que se realizan en un banco.
Sin embargo, en esta ocasión vamos a dedicar este artículo al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), uno de los aspectos más relevantes y que afecta
por completo al desarrollo de los bancos de conservación en España.
Una vez hecha esta introducción, entremos algo más en harina. ¿Qué aportan los
bancos de conservación a la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)?
Para contestar a esta pregunta, quizá necesitemos
primero hacer algunas reflexiones.
El
procedimiento de EIA ha mejorado sustancialmente en los últimos años, sin embargo y como sucede con casi todo en esta vida, es
susceptible de mejoras y de incorporar novedades.
Desde diferentes sectores se han realizado reivindicaciones que persiguen optimizar el procedimiento y aplicación
de la EIA, algunas de ellas, íntimamente ligadas a los bancos de conservación, como son la aplicación de la jerarquía de mitigación, los impactos residuales y,
por último, las medidas
compensatorias.
Con
respecto a la jerarquía de mitigación, se trata de una herramienta por la cual es necesario someter a los proyectos a un proceso de
evitación, reducción y mitigación o reparación y, en última instancia, compensación. La última modificación
de la ley hace bastante hincapié en ella. Sin
embargo, si hacemos caso a la aplicación formal de los procedimientos de EIA,
no siempre la reparación de los impactos es todo lo completa que sería deseable.
Esta circunstancia da pie a abordar otros aspectos que están
íntimamente relacionados con el anterior: los impactos residuales y las
compensaciones ecológicas.
La
incorrecta aplicación de la jerarquía de mitigación es provocada en
numerosas ocasiones por la indefinición y, sobre
todo, por la corrección de los impactos
residuales; pero fundamentalmente es consecuencia de que, cuando
se definen medidas compensatorias, en la mayoría de los casos no se suele hacer en términos ecológicos, con la consiguiente pérdida de biodiversidad que esto conlleva. Así queda reflejado en el estudio realizado el pasado año por el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (Cedex) Evolución de las medidas compensatorias en los procedimientos de EIA.
Los
bancos de conservación ofrecen alternativas para resolver estos problemas. En
primer lugar, no se pueden desarrollar los bancos de conservación
si no hay una correcta aplicación de la jerarquía de mitigación. En segundo
lugar, el cálculo de las compensaciones que se lleva a cabo mediante
los bancos ofrece un procedimiento administrativo y científico reglado, que
elimina arbitrariedades, lo que hace posible el cálculo de las
compensaciones para diferentes tipologías de impactos, entre ellos,
los residuales.
Por
último, y fundamental, se trata de compensaciones ecológicas per se, lo que significa que cualquier compensación realizada por este procedimiento será en términos ecológicos y con
ganancia de biodiversidad garantizada. Ya no existirán excusas para que se argumente que no hay posibilidades de compensación cuando haya
bancos disponibles.
Tarea ingente, hay 65.000 árboles en el mundo y matorrales ni se sabe.O sea que ya estamos empezando.Hay que construir 65.000 viveros forestales o 65.000 reservas botánicas con esos especímenes. Andando o corriendo.
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